El Tribunal Constitucional afirma que los padres que se encuentren en un proceso penal “no están privados de forma automática” del régimen de visitas
La posición del TC resulta de suma importancia, puesto que la mayoría de los Juzgados habían optado por una interpretación restrictiva de la norma. La reforma atribuye a la autoridad judicial la decisión sobre el establecimiento o no de un régimen de visitas o estancias o la suspensión del mismo, incluso en los supuestos en los que un progenitor esté incurso en un proceso penal. El artículo 94 del Código Civil “no priva de modo automático” al padre o la madre que se encuentre en un proceso penal por violencia contra el otro cónyuge o sus hijos del régimen de [...]