El Tribunal Supremo concede la pensión de viudedad a una víctima, aunque la violencia de género no fue en el momento del divorcio

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado conceder la pensión de viudedad a una víctima aunque los episodios de violencia de género no se produjeron «en el momento» en el que se fijó la separación o el divorcio. Los magistrados consideran que debe «interpretarse de forma flexible» el requisito legal que fija que para obtener la pensión de viudedad la víctima de violencia de género debe serlo «en el momento» de la separación judicial o divorcio. Sobre este extremo, subrayan que lo importante es que se pueda establecer una «conexión temporal» entre la violencia de género y la ruptura matrimonial. La [...]