Denegada la pensión a una viuda de pareja de hecho por ser económicamente independiente
El Tribunal Supremo ha inadmitido un recurso de casación interpuesto por una viuda quien, alegando discriminación respecto a un matrimonio, ya que en su caso se había conformado una pareja de hecho, la Justicia le denegó la pensión de viudedad al declarar que esta no dependía económicamente del hombre. Los órganos judiciales calificaron que no dependía económicamente del hombre que había sido su pareja, pese haber tenido dos hijos con él y formalizado su relación como una pareja de hecho legalmente constituida e inscrita en el Registro. Tras fallecer el varón de la pareja, la Seguridad Social le denegó la pensión porque los ingresos [...]