¿Qué derechos hereditarios tiene el cónyuge viudo en Catalunya?
Para reclamar los derechos hereditarios, el cónyuge viudo en Catalunya no debe estar separado judicialmente o de hecho al tiempo del fallecimiento de su esposo/a. En el caso de las parejas de hecho, siempre podrán reclamar sus derechos si en el momento del fallecimiento había convivencia entre ellos. Dependiendo de cada situación, tanto si ha habido matrimonio o se trataba de parejas de hecho, hay los siguientes derechos: 1) Derechos cuando el fallecido no ha hecho testamento Si el fallecido no tiene hijos ni descendencia, el viudo/a será el único heredero. En el caso de que el fallecido tuviese hijos, [...]