La separación de hecho: interpretación y alcance.
El artículo 1393.3 de nuestro Código Civil establece que la sociedad de gananciales concluirá por llevar el matrimonio “separado de hecho más de un año”. Tradicionalmente, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha venido interpretando este precepto de un modo flexible, entendiendo que desde el momento en que se produce la separación de hecho de los cónyuges se debe dar por disuelta la sociedad de gananciales. Ahora bien, el mes pasado asistimos a una sentencia del Tribunal Supremo en que, en resolución de un caso un tanto controvertido, aquella doctrina general se vio matizada. En este caso, [...]