El magistrado del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha absuelto a un padre de los delitos de vejación injusta de carácter leve y lesiones o maltrato en el ámbito doméstico sobre su hija de los que le acusaban.
Lo ocurrido en el presente caso sucedió un viernes. Según la sentencia, la hija mayor “se encontraba enfadada con su padre, que le había reprochado su comportamiento en un local, pues se dedicó en el tiempo de estancia en el establecimiento a escribir mensajes con el móvil a terceros y sin hacer caso a su padre y hermana”.
El domingo el padre regresó a la casa después de repartir el pan para hablar con su hija y llevar a ambas niñas a tomar algo. En ese momento, la denunciante “se encontraba todavía en la cama utilizando el móvil y se negó a acompañarlo”, según consta en la sentencia. “En ese momento, y ante el nuevo desaire de la niña, el acusado la agarró por los brazos y la levantó de la cama”.
En cuanto al delito de lesiones o maltrato, el titular del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña explica que la rojez en la zona que presentaba la hija del denunciado “es más compatible con el modo de suceder los hechos relatado por el acusado que por su hija”. La rojez, según destaca, “puede obedecer al simple hecho de agarrar a la hija por el brazo para que se levantara de la cama”, por lo que no aprecia dolo, ni siquiera eventual, de lesionar o maltratar a su hija, “sino el ánimo (probablemente mal expresado) de hacerle cumplir una orden en el ejercicio de la autoridad paterna”.
Por ello, y en aplicación del principio in dubio pro reo, ha decretado la absolución del acusado.
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