La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 9.000 euros al responsable de una web por publicar allí material fotográfico y otros datos personales de una persona, sin su consentimiento.
A juicio de la AEPD y “de conformidad con las evidencias de las que se dispone”, se observa que los hechos conocidos son constitutivos de dos infracciones imputables al reclamado:
- Por un lado, una infracción por vulneración del 6 del RGPD, por el tratamiento de sus datos de carácter personal sin su consentimiento;
- Por otro lado, una segunda infracción por la vulneración del 13 del RGPD, por carecer la política de privacidad de la página web objeto de la presente reclamación, de los requisitos exigidos en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal.
Economist & Jurist.
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