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En la sentencia de separación o divorcio, una de las cuestiones que deben estar reguladas es la guardia y custodia de los hijos y como se deben distribuir los gastos entre los progenitores. Normalmente, la sentencia establece que el pago de la pensión recae en el progenitor que no custodia el hijo. Sin embargo, muchas veces nos invade la duda sobre cuánto tiempo se debe realizar este pago. No porqué el hijo llegue a los 18 años se extingue automáticamente el pago de la pensión. Hay diversos factores que influencian en esta decisión. Esta obligación seguirá vigente si el hijo sigue viviendo con el otro progenitor y no tenga ingresos económicos que le permitan independizarse o no haya finalizado sus estudios. Si bien el hijo está cursando algún estudio de formación académica pero no mantiene un rendimiento regular, no muestre interés ni dedicación en estos estudios, este será un motivo de peso para poder solicitar la finalización de la pensión de alimentos. Por el otro lado, si el hijo sigue viviendo con el progenitor pero accede al mercado laboral y posee ingresos suficientes para ser económicamente independiente, también se puede extinguir la pensión de alimentos. Otro factor, será que el progenitor a causa de su situación económica no tenga suficientes ingresos para sustentarse él mismo. Se debe tener en cuenta qué si el hijo padece algún tipo de discapacidad, el caso deberá ser analizado detalladamente y puede que no sea extinguida la pensión. A grandes rasgos estos son conceptos básicos sobre la interpretación de la sentencia, ejemplificando que cada caso es particular de si mismo.