Imaginemos una situación muy común: un padre deja en su testamento su casa a sus hijos por partes iguales, pero resulta que solo la hija vive en ella y la usa en exclusiva.

El Tribunal Supremo, en una sentencia del 3 de febrero de 2025, resolvió un caso en el que un hermano demandó a su hermana por esta situación. La sentencia concluyó que ella se encontraba en «precario», es decir, usando la vivienda sin un derecho legal que la respalde.

El Tribunal explica que, según una sentencia anterior (STS 691/2020, de 21 de diciembre), si un heredero usa en exclusiva un bien sin un título que justifique su posesión, se le considera precarista, lo que permite a los demás coherederos reclamar. Sin embargo, eso no significa que pierda su derecho a coposeer la vivienda junto con los demás.

Otra sentencia (STS 287/2008, de 8 de mayo) señala que, aunque los coherederos pueden hacer uso de los bienes comunes, si uno de ellos impide que los demás los disfruten, su uso exclusivo es ilegítimo.

En definitiva, el Tribunal aclara que el precario se da cuando alguien usa un bien ajeno sin tener derecho legal a ello. En este caso, como la hermana no tiene ningún documento que respalde que la casa es solo suya y la herencia aún no ha sido repartida, el Tribunal le da la razón al hermano y acepta su demanda. Eso sí, la hermana sigue teniendo derecho a compartir la posesión con su hermano hasta que se haga el reparto oficial.

En estos casos, es importante acudir a un profesional del sector para que pueda analizar el caso concreto y definir la estrategia a seguir para poder recuperar la posesión de la vivienda lo antes posible. Este despacho le asesorará debidamente de cómo actuar y sobre los trámites que deberán hacerse.