Las Fuerzas de Seguridad han registrado una media de un caso de secuestro parental al día, un delito por el que se abrieron 434 diligencias policiales en 2021 tras la denuncia por la sustracción de un menor. Entre enero y agosto de 2022, se han registrado 283 casos, incluyendo 14 en el extranjero, según la estadística del Ministerio del Interior.
La estadística oficial, que no discrimina si la captura la realiza el padre o la madre, ha sido cuestionada después de que el Ministerio del Interior dejara de incluir este dato en los informes anuales que publica el Centro Nacional de Personas Desaparecidas (CNDES).
La estadística incluye los hechos conocidos por los cuerpos policiales encuadrados en el artículo 225 bis del Código Penal, que castiga los casos en los que participa un progenitor que, «sin causa justificada para ello», sustrae a su hijo menor. Contempla pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.
Se considera sustracción el traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia, así como otros supuestos como incumplir gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.
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