Según el Tribunal, la prueba de la existencia de una pareja de hecho puede ser acreditada, además de mediante el certificado de empadronamiento, por cualquier medio de prueba válido en Derecho que lo demuestre de forma inequívoca.
Según el Tribunal, la prueba de la existencia de una pareja de hecho puede ser acreditada, además de mediante el certificado de empadronamiento, por cualquier medio de prueba válido en Derecho que lo demuestre de forma inequívoca.
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