El arbitraje es una forma de resolver un pleito sin acudir a la jurisdicción ordinaria. Las partes, de mutuo acuerdo, deciden nombrar a un tercero independiente, denominado árbitro, o a un tribunal arbitral, que será el encargado de resolver el conflicto. El árbitro deberá hacerlo conforme a la legislación que hayan elegido las partes.
La mediación es un método alternativo de resolver conflictos, el cual tiene como finalidad llegar a la solución integral de un conflicto entre partes (pueden ser dos o más personas), evitando de este modo llegar a la instancia judicial. Los principios que caracterizan la mediación son la confidencialidad, la voluntariedad, la oralidad entre las partes y la plena comunicación entre las mismas, la imparcialidad del mediador interviniente y la neutralidad del mismo frente a la materia traída a cuestión.
Se basa en el diálogo individual y social, el respeto, y el consenso para la convivencia. Consiste en la intervención de un tercero en un conflicto, el mediador, con el fin de facilitar el acercamiento de las partes enfrentadas y promover un proceso de negociación que permita llegar a un acuerdo consensuado y aceptado por las partes que ponga fin al conflicto.
Por su parte, en el derecho colaborativo son los clientes, junto con sus abogados, quienes dialogan y deciden las soluciones. Se buscan acuerdos que satisfagan a ambas partes y no se está en contra de la parte adversa sino con ella, puesto que la solución debe ser aceptada por ambas partes.
Se gestionan las emociones de ambas partes y es un proceso más amable, que recoge los acuerdos completos y reduce el riesgo de incumplimiento.
En este despacho somos especialistas en derecho colaborativo y entendemos que en estos momentos donde la justicia está tan colapsada, es una forma muy eficaz y rápida de resolver conflictos sin tener que acudir a los Juzgados.
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